martes, febrero 06, 2007

ADMINISTRACIÓN DE RRHH - ROLES, CAMPO DE TRABAJO Y PLAN DE ESTUDIO

ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

I.- JUSTIFICACIÓN

Las organizaciones constituyen un instrumento indispensable para que el ser humano logre dentro de la sociedad, la consecución de sus objetivos tanto individuales como de grupo. Consecuencialmente el individuo es el principal recurso de las organizaciones. Los Recursos Materiales, Financieros y Tecnológicos, de poco o de nada sirven sin el aporte humano, decisivo en la búsqueda y realización de metas propuestas.

Grandes son aún las deficiencias existentes en la utilización de los Recursos Humanos en Venezuela; la formación de administradores con conocimientos altamente especializados en Administración de Personal, constituye uno de los objetivos de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez y la puesta en marcha de la Licenciatura en Administración, Mención Administración de Recursos Humanos, es el aporte en la dirección señalada. El papel del Licenciado en Administración, Mención Administración de recursos humanos, debe ser entendido en el sentido moderno del desempeño de sus funciones, como responsable de organizar, dirigir, administrar, controlar y utilizar racionalmente los Recursos Humanos, de tal forma, que las políticas que se establezcan puedan ser cumplidas a cabalidad. Dentro de la dinámica permanente que implica dirigir el personal para obtener de éste el máximo rendimiento, unas buenas y equilibradas relaciones obrero-patronales y unas adecuadas relaciones públicas, contribuirá a la eficiencia de las acciones que edifican una buena administración de recursos humanos.

En consecuencia la Mención de Administración de Recursos Humanos, se orienta a proporcionar los conocimientos, prácticas y destrezas relacionados con:
1. El Proceso Administrativo que conlleva la aplicación de técnicas específicas que deberán ser aplicadas en la empresa, dependiendo del tipo y de la magnitud de la misma.
2. Las Relaciones Laborales que se establecen entre los trabajadores y la empresa en virtud de las necesidades socioeconómicas de los primeros y la productividad de la segunda y de las obligaciones derivadas de la Ley Orgánica de Trabajo vigente y los Contratos Colectivos que realicen conforme a la misma.
3. Las técnicas y procedimientos apropiados para:
Ø Proyectar la imagen de la empresa hacia el exterior
Ø Mantener el equilibrio armónico de las Relaciones Humanas de los niveles jerárquicos con los subordinados y entre estos mismos, para un funcionamiento eficiente de toda la estructura humana que sustenta las actividades de la empresa.

II.- OBJETIVOS GENERALES
La Licenciatura en Administración, Mención Administración de Recursos Humanos, tiene como objeto preparar profesionales capaces de realizar una eficiente administración de éstos y en consecuencia debe:

a) desarrollar las habilidades y destrezas, necesarias para manejar y aplicar las técnicas, métodos y procedimientos utilizados en la moderna administración de recursos humanos.
b) utilizar los conocimientos teóricos y metodológicos necesarios para la investigación, análisis y tratamiento de los problemas que se refieren al factor humano en las empresas, tanto en relación a la productividad como en la satisfacción de las necesidades de los trabajadores en sus actividades laborales.
c) emplear una actitud científica en el diagnóstico y tratamiento de los problemas humanos que surgen en las organizaciones, logrando una actitud crítica frente al manejo tradicional de esos problemas y soluciones efectivas a los mismos.



III.- PERFIL DEL LICENCIADO EN ADMINISTRACION
MENCION: RECURSOS HUMANOS

1.- Definición
El administrador de recursos humanos es un profesional universitario con los conocimientos y prácticas suficientes que le permitan un eficiente desempeño de sus funciones específicas y por lo tanto debe:

§ tener capacidad para investigar, analizar, dirigir, asesorar y administrar en forma integral todos los elementos propios de la administración de Recursos Humanos.
§ manejar en forma adecuada y oportuna todos los instrumentos relacionados con una gestión óptima de personal.
§ enfocar, estudiar, analizar todos los asuntos y problemas específicos de la Administración de Recursos Humanos en todos los aspectos que correspondan a la estructura integral humana de una empresa.

2.- ROLES Y FUNCIONES

2.1 ROL GERENTE DE RECURSOS HUMANOS

Competencias (Habilidades y Destrezas)

a.- para programar, dirigir, coordinar y evaluar el desarrollo de programas de Recursos Humanos.
b.- para diseñar y formular y coordinar una política de reclutamiento y selección a fin de que los cargos vacantes sean ocupados por las personas idóneas y respondiendo a un perfil del cargo determinado.
c.- para implementar la clasificación de los Recursos Humanos.
d.- para implementar políticas de desarrollo de Recursos Humanos dentro de la empresa acordes con las políticas generales de la misma.
e.- Para proponer a la gerencia general los informes sobre las labores realizadas y los resultados obtenidos.
f.- Para analizar situaciones complejas en el área de Recursos Humanos y tomar decisiones.
g.- Para dirigir, coordinar y supervisar la realización de cursos de adiestramiento.
h.- Para intervenir en todos los asuntos relacionados con la contratación colectiva.

Conocimientos

a) Del manejo y práctica de las normas de Reclutamiento y Selección.
b) Generales sobre principios y prácticas de Adiestramiento de Recursos Humanos.
c) De organización de empresas.
d) De la Ley de Carrera Administrativa y sus Reglamentos.
e) De diseño ejecución de programas de análisis y evaluación de ocupaciones.
f) De diseño y de estructuras de sueldos y salarios y de nuevos métodos de trabajo.
g) De la Ley Orgánica de Trabajo y sus Reglamentos.
h) De la Ley del Ince y sus Reglamentos.
i) De la Ley del Seguro Social y su Reglamento.
j) De la Ley Contra Despidos Justificados y su Reglamento.
k) De las Relaciones Laborales, contratación colectiva y sus fundamentos jurídicos.

2.2. ROL ANALISTA Y/O ASISTENTE DE LA UNIDAD DE ANALISIS Y EVALUACION OCUPACIONAL

Competencia (Habilidades y Destrezas)

a) Para planificar, formular y desarrollar programas de análisis y evaluación de cargos.
b) Para entrevistarse con el personal de los diferentes niveles de la empresa.
c) Para elaborar informes sobre las ocupaciones en relación con la descripción de las funciones.
d) Para interpretar, comparar, valorar y reformular programas de análisis y evaluación de ocupaciones.
e) Para efectuar análisis críticos de los métodos de evaluación de eficiencia.
f) Para elaborar normas, procedimientos y formularios para el sistema de Recursos Humanos.
g) Para planificar investigaciones relacionadas con las normas, procedimientos y demás componentes del manejo de los Recursos Humanos.
h) Para planificar, organizar y supervisar el trabajo de otros.

Conocimientos
a. De las prácticas y procedimientos modernos de la administración de Recursos Humanos
b. De la estructura, organización y funcionamiento de empresas tanto públicas como privadas
c. De Ley de Carrera Administrativa y sus Reglamentos
d. De técnicas, métodos y evaluación de Recursos Humanos que utilizan
e. Del manual descriptivo de cargos de la Administración Pública.
f. De técnicas para el análisis, descripción y clasificación de cargos.

2.3 ROL ANALISTA Y/O ASISTENTE DE LA UNIDAD DE SUELDOS Y SALARIOS

Competencias (Habilidades y Destrezas)
a) Para centralizar y aplicar normas y procedimientos en materia de pago de sueldos y salarios del personal
b) Para distribuir, coordinar y supervisar los trabajos efectuados por el personal a su cargo
c) Para presentar informes de la labor realizada por su unidad
d) Para diseñar estrategias y alternativas de implantación de estructuras de sueldos y salarios
e) Para planificar, organizar y supervisar el trabajo de otros

Conocimientos
a. De las técnicas, principios y prácticas que le permitan comparar, interpretar y aplicar estructuras de sueldos y salarios
b. De diseño de estructura de sueldos y salarios
c. De la determinación de escalas de sueldos y salarios para una empresa u organización implementando un manual apropiado
d. De los principios y prácticas de administración presupuestaria
e. Para preparar cuestionarios, recabar y analizar informes parciales y finales de estudios de remuneración


2.4 ROL DE ANALISTA Y/O ASISTENTE DE LA UNIDAD DE ENTRENAMIENTO Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS

Competencia: (Habilidades y Destrezas)
a) Para investigar y analizar necesidades de adiestramiento
b) Para seleccionar el personal de la empresa con mayores necesidades de adiestramiento y capacitación
c) Para formular – ejecutar el presupuesto para las actividades de entrenamiento de la empresa y/u organismo
d) Para organizar el material de apoyo necesario para las actividades de entrenamiento de la empresa u organismo donde trabaja
e) Para planificar, organizar y supervisar el trabajo de otros

Conocimientos
a. De planificación de cursos de adiestramiento, capacitación y formación para el personal de la empresa u organismo
b. De los principios, técnicas, y prácticas relacionados con la formación y adiestramiento de los Recursos Humanos de la empresa
c. De metodología para elaborar programas de entrenamiento
d. De la Ley del Ince y su Reglamento

2.5 ANALISTA Y/O ASISTENTE DE LA UNIDAD DE RECLUTAMIENTO Y SELECCION

Competencias (Habilidades y destrezas)
a) Para planificar, formular y desarrollar programas de reclutamiento y selección en la empresa.
b) Para implementar la utilización de los métodos y técnicas de reclutamiento y selección de personal más modernas y adaptadas a la realidad empresarial
c) Para realizar evaluaciones de requisitos mínimos, elaborar y mantener expedientes de solicitantes de empleo
d) Para procesar datos y recomendar cursos de acción efectiva

Conocimientos

a. De técnicas de reclutamiento y selección de personal.
b. De las prácticas y procedimientos modernos de administración de personal
c. De elaboración de normas, procedimientos, formularios y flujogramas de personal
d. De análisis de datos estadísticos referentes a las pruebas de selección
e. De análisis de los sistemas de evaluación de eficiencia
f. De técnicas de

2.6 ROL ANALISTA Y/O ASISTENTE DE LA UNIDAD DE RELACIONES LABORALES

Competencias: (Habilidades y Destrezas)
a) Para expresarse en forma clara y precisa, tanto en forma escrita como oralmente
b) Habilidad para planificar , organizar y supervisar el trabajo de otros
c) Para mantener el liderazgo dentro de la empresa
d) Para tratar en forma cortés y efectiva con funcionarios de diferentes niveles dentro de la empresa así como personas externas a la empresa
Conocimientos
a. De las técnicas de Relaciones Humanas y Comunicación
b. De la organización en la cual actúa
c. Del diseño de sistemas administrativos internos
d. La Ley de Carrera Administrativa y su Reglamento
e. De la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento
f. De los Contratos Colectivos realizados en la empresa
g. De Dinámica Organizacional y Relaciones Públicas
h. De Psicología Aplicada a las empresas

2.7 ANALISTA Y/O ASISTENTE DE LA UNIDAD DE BIENESTAR SOCIAL

Competencias: (Habilidades y Destrezas)
a) Para mantener una actitud receptiva frente al personal que le solicite sus servicios
b) Para colaborar con el personal a encontrar soluciones óptimas a sus problemas
c) Para tratar en forma cortés al personal
d) Para mantener una actitud favorable a la implementación de mejores programas de atención individual y colectiva
e) Para mantener una actitud positiva hacia la realización de estudios e investigaciones que permitan detectar necesidades básicas no satisfechas de los trabajadores de la empresa

Conocimientos
a. De las políticas, normas, sistemas y procedimientos a seguir en programas de bienestar social
b. De los programas de asistencia social con el objeto de prever y mantener en óptimas condiciones físicas al personal
c. De los problemas particulares de los trabajadores de la empresa a fin de lograr una fuerza laboral leal, competente y productiva
d. De investigación para establecer un inventario de las necesidades individuales y colectivas de los trabajadores de la empresa
e. De la Ley de Orgánica del Trabajo y su Reglamento
f. De la Ley de Carrera Administrativa y su Reglamento.

2.8 ROL DE ANALISTA Y/O ASISTENTE DE LA UNIDAD DE SEGURIDAD INDUSTRIAL

Competencias (Habilidades y Destrezas)

a) Para mantener una actitud constante de análisis de la situación del sistema de seguridad de la empresa
b) Para mantener una actitud receptiva frente a las quejas de los empleados y obreros respecto al sistema de seguridad vigente en la empresa
c) Para llevar a cabo el programa de la unidad
d) Para llevar a cabo investigaciones que conduzcan a mejorar la calidad de los servicios ofrecidos a los trabajadores de la empresa

Conocimientos
a. Sobre los sistemas y métodos de seguridad industrial en general, y específicamente sobre los establecidos en las empresas
b. Sobre el manejo de las soluciones con el personal a fin de establecer una efectiva y permanente comunicación que estimule a los trabajadores a conservar y mantener debidamente los equipos de seguridad industrial, así como a informar sobre las deficiencias que se pongan en evidencia
c. Sobre todo lo relacionado con la estructuración de planes y programas referidos a Seguridad Industrial.
d. Sobre la Ley de Prevención, Condiciones, Medio Ambiente de Trabajo.

CAMPO DE TRABAJO

El Licenciado en Administración, Mención Recursos Humanos podrá trabajar:

1) Dentro de la Empresa Pública o Privada en: actividades relacionadas con la Administración de los Recursos Humanos y podrá desempeñar los siguientes cargos:

§ Director de Personal
§ Jefe de Análisis y Evaluación Ocupacional
§ Jefe del Departamento de Sueldos y Salarios
§ Jefe del Departamento de Reclutamiento y Selección
§ Jefe de Entrenamiento y Desarrollo de Personal
§ Analista de Personal
§ Jefe de Relaciones Laborales
§ Jefe de Bienestar Social
§ Jefe de Seguridad Industrial
§ Administrador de Empresas
§ Docente en el área de Personal

2) En empresas de servicios de Reclutamiento y Selección de Personal apto para las empresas que lo sugieren.
3) Por cuenta propia asesorando a las empresas en el área de Personal (contratación colectiva, tablas de salarios, programas de reclutamiento y selección, etc).

PROGRAMAS SINÓPTICOS

Ciclo Introductorio

“Los Cursos Introductorios estarán destinados a los estudiantes en la estrategia metodológica del aprendizaje independiente y en las técnicas de aprendizaje autodirigido, así como a desarrollar aptitudes que les permitan mejorar su rendimiento y adaptarse al sistema universitario”.*

“El Ciclo Introductorio contendrá el conjunto de elementos de aprendizaje comunes para todas las carreras que ofrece la Universidad y estará integrado por los cursos introductorios”.*

31011 Iniciación Universitaria 02 créditos
Este curso tiene como propósito proporcionar a los participantes un conjunto de información escrita y vivencial sobre la filosofía, estructura, funcionamiento, régimen de estudios, planes y programas de estudio, estrategia metodológica y técnicas de aprendizaje que les permita un mejor desenvolvimiento dentro de la universidad Simón Rodríguez. C.E.

31012 Lenguaje y comunicación 03 créditos
Orienta al participante en el estudio del lenguaje y de su importancia en la comunicación. Al mismo tiempo que lo inicia en el estudio de los códigos y de su aplicación, lo concientiza en cuanto a su rol como factor de comunicación.

* Artículo 11 y 17 del Reglamento sobre régimen de estudios de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez.
C.E. Cursos Estructurados: Técnica de aprendizaje, susceptible de ser combinada con otras técnicas como seminarios, talleres y proyectos.

Contenido: El Proceso de la Comunicación. La Comunicación en la vida social. Principales reglas de ortografía. La Sintaxis. Principales reglas de ortografía. Formas de Expresión. Definición y reglas generales de la concordancia. Los medios de comunicación social. La composición escrita. Reglas generales. C.E.

31021 Métodos y Técnicas de Estudio 03 créditos
Está dirigido a desarrollar y/o afinar destrezas y hábitos en el estudio general y específicamente en la estrategia metodológica del aprendizaje independiente.

Contenido: El estudio sistemático. Formulación de un procedimiento de estudio. El estudio en grupo. Actividades para la integración de un grupo. Estudio e investigación. Etapas de la investigación. La investigación en educación. La investigación bibliográfica. Identificación de las fuentes de información. Localización del material bibliográfico. Importancia de la lectura. Técnicas de la lectura. Síntesis de la información escrita. Comunicación de la información. C.E.

31022 Terminología en Estadística e Investigación 03 créditos
Tiene como propósito familiarizar al participante con la terminología y conceptos más utilizados en Estadística e Investigación, a fin de facilitarle la comprensión de la bibliografía especializada.

Contenido: Símbolos estadísticos, Medidas y escalas. Distribución de frecuencias. Representación gráfica. Medidas de Tendencia Central. Medidas de variabilidad. Correlación o casualidad. Probabilidad. Tipos de Investigación. Selección del problema. Revisión de la literatura. Diseño de la Investigación. Validez y confiabilidad. Tipos de pruebas. Evaluación formativa y sumativa. C.E.
31031 Precálculo 04 créditos
Provee soporte matemático para diversas secuencias curriculares de las carreras ofrecidas por la Universidad. Introduce y prepara al participante al estudio de las matemáticas superiores con particular énfasis en la formalización de los procesos y técnicas de la matemática de educación media.

Contenido: Lógica y conjuntos. Estructuras algebraicas. Relaciones binarias y Funciones. Definición de Número Cartesiano. Notación. Igual de Pares Ordenadas. Relación Binaria. Sistemas numéricos: naturales y enteros. Sistemas numéricos: números racionales. Sistemas numéricos: números reales. Funciones reales. C.E.

Ciclo General

“El Ciclo General contendrá el conjunto de elementos de aprendizaje común en base a las carreras afines y estará constituido por los cursos generales”. Artículo 18 del Reglamento sobre Régimen de Estudios.

31013 Idioma Moderno 06 créditos
Contenido El Presente Progresivo. Organización en los textos: Los Párrafos. El Tiempo Presente. Los conectivos And, But, Until, Not, Only, First, Second, Then y Finally. Naturaleza de las generalizaciones. Los Conectivos GAT, Because, Although. Descripción y definiciones: Los Conectivos Between, Amoung. C.E.

31023 Estadística I 03 créditos
El objetivo general de este curso es habilitar al participante para que pueda generar conclusiones válidas y tomar decisiones lógicas con respecto a una situación planteada, aplicando la estadística descriptiva para recolectar, organizar, resumir, presentar y analizar los datos relativos a dicha situación.

Contenido: Conceptos básicos. La medición de los caracteres: medición de los caracteres; niveles o escala de medidas; las variables y su medición. Estadísticas primarias. Datos estadísticos; fuentes de datos estadísticos; métodos para la recolección de datos. Estadísticas derivadas; razones, proporciones, porcentaje y tasas; distribución de frecuencias. Representación de las observaciones; tabla o cuadros estadísticos; gráficas para series estadísticas. Reducción estadística. (medidas de tendencia central y de posición). Reducción estadística (medidas de dispersión y asimetría). C.E.
31024 Estadística II 03 créditos
El objetivo terminal de este curso es el siguiente: planteado un problema hipotético, cuantificar la relación lineal entre sus variables y aplicar los métodos de estimación y contraste de hipótesis.

Contenido: Probabilidad. Distribución de probabilidad. Nociones de muestreo. Distribución muestral. Estimación. Contraste de hipótesis. Correlación. Regresión. C.E.

31025 Metodología de la Investigación I 03 créditos
Al finalizar el curso el participante será capaz de originar conclusiones válidas sobre la importancia de la Investigación científica en el desarrollo de la ciencia y, por ende de la comunidad toda, exponiéndolas por escrito.

Contenido: El conocimiento: su significado; posibilidad y origen del conocimiento, grados de conocimiento; el conocimiento y su relación con la teoría y praxis social; tipos de conocimiento. El conocimiento científico; método y técnicas; método científico, significado y características; pasos del método científico; la táctica científica; la ciencia, su significado, características, objetivos, alcance y clasificación; ciencia y tecnología. La teoría como instrumento de la ciencia; hechos (significado, accesibilidad, niveles y funciones); teoría (significado, clases, elaboración de la teoría, papel de la teoría, relación entre teoría y hecho); modelos; enfoques teórico-metodológicos del pensamiento en las ciencias sociales. La investigación científica; la investigación, definición, características y momentos; tipos y niveles de investigación; el investigador social, la investigación en las ciencias sociales. C.E.

31026 Metodología de la Investigación II 03 créditos
Al finalizar el curso el participante será capaz de originar un proyecto de investigación científica, referido al campo del saber en el cual se está formando, especificando las etapas correspondientes a los diferentes momentos del proceso de investigación.

Contenido: El Proceso de Investigación y el momento teórico. Etapas del Proceso de Investigación. El Momento metodológico de la Investigación. El momento técnico de la investigación. El momento analítico de la investigación. C.E.

32021 Gestión de Tecnología 03 créditos
Objetivos: orientar al participante a fin de que distinga los conceptos y elementos básicos de tecnología: gestión, política y administración tecnológica y establezca su relevancia dentro del contexto económico nacional e internacional.

Contenido: Elementos conceptuales. El Papel de la Innovación Tecnológica en la Economía. La Innovación a nivel de empresa. El Papel del Estado en el desarrollo tecnológico. La Gestión tecnológica en la empresa. La adquisición de Tecnología. La Generación de Tecnología. Información Tecnológica. Sem. I*



___________________
* Seminario: trabajo de aprendizaje dirigida principalmente al trabajo social.



32041 Contabilidad I 03 créditos
Objetivo: tiene como propósito proporcionar una visión general de la naturaleza y características de la información contable, a fin de que el participante logre destrezas en la utilización y empleo de las operaciones contables básicas y fundamentales de una organización.

Contenido: La contabilidad, definición, objetivos, importancia y principios. Elementos básicos de contabilidad: la cuenta, clasificación. Estados: balance general, definición, presentación, estructura. Estados de ganancias y pérdidas: definición, presentación y estructura. Otros tipos de estados financieros. Libros contables; diario mayor, inventario, auxiliares. El efectivo: caja, cuenta bancaria. Cierre de libros: cierre del ejercicio económico, hoja de trabajo. C.E.

32042 Contabilidad II 03 créditos
Objetivo: Que el participante identifique las diferentes formas en que puede constituirse una empresa, a fin de que aplique el tratamiento contable a que de lugar cada tipo de sociedad mercantil.

Contenido: Sociedades colectivas: definición, alcances y limitaciones, tipo de capital aportado. Sociedades anónimas: definición, características, alcances, y limitaciones, suscripción del capital social, accionistas, tipos de acciones. Sociedad de responsabilidad limitada: definición, características, alcances y limitaciones, constitución del capital. Sociedad en comandita; definición, características. Sucursales. Consignaciones. Valoración de los inventarios. Depreciación y amortización. C.E.

32043 Análisis de Estados Financieros 03 créditos
Objetivo: Que el participante sea capaz de aplicar los diferentes instrumentos de diagnóstico a los estados financieros a fin de que sean utilizados en la toma de decisiones económicas de la empresa.

Contenido: Métodos y técnicas de análisis: análisis vertical, horizontal, índices. Análisis de los estados financieros, aplicación de los índices al balance general, estado de ganancias y pérdidas, estado de origen y aplicación de fondos. Estudio del capital de trabajo. Solvencia de la empresa. Análisis de las cuentas y efectos por cobrar de los inventarios, del capital por endeudamiento, de las ventas, de las compras. C.E.

32051 Introducción a la Administración 03 créditos
Objetivo: Tiene como propósito lograr que el participante pueda analizar la teoría y principios fundamentales de la administración moderna, partiendo de los enfoques de la administración científica.

Contenido: La Administración: definición, importancia, clasificación, características, tratadistas de la administración científica. La empresa: definición, tipos de organización. Proceso administrativo: definición, clasificación, etapas. Principios administrativos. Funciones administrativas: la gerencia científica. Planificación: importancia, tipos de planes. Organización; importancia, la autoridad, la asignación e integración de funciones, tipos de organización, la departamentalización. Ejecución: definición, naturaleza, liderazgo, autoridad y responsabilidad. Control: definición. Control de calidad en administración. C.E.



32052 Administración de Recursos Humanos 03 créditos
Objetivo: Que el participante logre identificar, analizar y evaluar las políticas y procedimientos en la administración de recursos humanos, en el contexto nacional e internacional.

Contenido: El comportamiento humano y las teorías gerenciales. Políticas, normas y procedimientos en la administración de recursos humanos. Análisis y evaluación de sueldos y salarios. Remuneraciones. Presupuesto de personal. Reclutamiento, selección y empleo. Entrenamiento y desarrollo de personal. Evaluación de personal. Relaciones laborales. Seguridad Social e Industrial. SEM. II



32053 Administración Pública 02 créditos
Objetivo: Habilita al participante para que analice los conceptos de administración pública y establezca las relaciones con la administración privada; interprete el desarrollo de la administración pública y lo aplique al análisis del sector público venezolano.

Contenido: Teoría General del Estado: tipos históricos fundamentales de estado. Nociones sobre estado de derecho. Tipos de participación del estado en la vida económica. Estado de derecho. La administración pública: definición, desarrollo histórico, diversos enfoques en el análisis de la administración pública. Sector público: definición, clasificación, sector público venezolano. Reforma de la administración pública: ética y servicio- público, responsabilidad en la administración. Taller I .

32054 Legislación Mercantil 02 créditos
Objetivo: Tiene como propósito lograr que el participante sea capaz de interpretar, analizar y aplicar la normativa vigente en el área del comercio.
Contenido: El derecho mercantil: definición, características de la legislación mercantil, relaciones entre el código civil y el código de comercio. Los actos de comercio: concepto y clasificación de actos de comercio. Los comerciantes, concepto legal y doctrinario, capacidad para ejercer el comercio. Obligaciones legales de los comerciantes. Las Sociedades Mercantiles. Las Sociedades de Capitales. Las Sociedades de Personas. Los Títulos de Créditos. La Aceptación de la Letra de Cambio. El vencimiento de la Letra de Cambio. El Cheque y el Pagaré. La Compra-Venta Mercantil. El registro de comercio, la firma de comercio. La contabilidad mercantil y su importancia legal. Auxiliares e intermediarios del comercio; cámara de comercio, bolsas de comercio. Las obligaciones mercantiles; definición, modalidad, acciones y prescripciones. C.E.


32061 Economía General 03 créditos
Objetivo: Al finalizar el curso el participante podrá identificar la terminología de la economía, de modo que le permita definir con precisión los diferentes conceptos utilizados en el área económica, así como interpretar los procesos económicos.

Contenido: La ciencia económica: concepto, problema económico y problema técnico. Relación de la economía con otras ciencias. Nociones fundamentales de economía, concepto de necesidad, los bienes, la utilidad. Teoría de la producción. El capitalismo, características fundamentales, plusvalía y capitalismo. El imperialismo. Teoría del valor, la demanda y su curva. La oferta y su curva. Los mercados. Teoría de la moneda, del crédito y de los bancos. La balanza de pagos en Venezuela. La renta nacional de Venezuela en su triple aspecto de producto, ingreso y gastos nacionales, distribución del ingreso por sectores y regiones. C.E.

32062 Historia Económica y Social de Venezuela 03 créditos
Objetivo: Al finalizar el curso el participante estará en condiciones de interpretar las características de la estructura económica y social venezolana a través de su evolución histórica.

Contenido: Epoca Pre-Colombina. El Descubrimiento y la Conquista. La Venezuela Independiente, La Venezuela Pre-Petrolera. La Venezuela Petrolera. La Industrialización y la Democracia. La Venezuela Actual. La Nueva Constitución Nacional. Cambios Sociopolíticos. SEM. III.

32071 Matemática Financiera 03 créditos
Objetivo: Proporciona al participante la oportunidad para que pueda lograr destrezas en el cálculo de los elementos matemáticos necesarios para su posterior aplicación a la elaboración, análisis e interpretación de las diferentes modalidades financieras en el área de la administración.

Contenido: Nociones fundamentales acerca de: interés, descuento. Sistema financiero simple. Operación financiera de capitalización y descuento simple, sustitución de capitales. Sistema financiero compuesto: capitalización, rentas o anualidades: conceptos, clasificación, cálculo. Rentas constantes fraccionadas; valor actual y final de una renta fraccionada. Rentas variables: concepto, valor actual y final de una renta. Rentas variables: concepto, valor actual y final de una renta variable. Amortización y Fondos de Amortización. Cuadro de Amortización. Simbología. Bonos, Definiciones. Tipos de Bono. C.E.

32072 Presupuesto 03 créditos
Objetivo: Orienta al participante en el estudio del presupuesto como instrumento administrativo, a fin de que reconozca los elementos de la planificación financiera y aplique las técnicas presupuestarias para el efectivo control económico de la empresa.

Contenido: La gerencia y el sistema presupuestario: concepto, principios y planes presupuestarios. Planificación financiera. Esquema presupuestario de la empresa, presupuesto financiero y de operación, ciclo presupuestario. Organización, formulación, discusión, aprobación, ejecución y control presupuestario. Presupuesto de ventas, de gastos, de compras, de inventario, de materiales, de mano de obra, de capital. Estados financieros proyectados. Presupuesto por programa. Taller II.

32073 Finanzas e Impuestos 02 créditos
Objetivo: Orienta al participante a fin de que sea capaz de explicar las operaciones financieras y sus efectos en la economía nacional, elaborar un análisis de la composición general del ingreso nacional y del gasto público del país, así como interpretar el marco legal de la política fiscal y monetaria.

Contenido: La administración financiera, concepto, el proceso administrativo y las finanzas. Control financiero: capital de trabajo, fondos y valores negociables, política de crédito y cobranza. Financiamiento a corto y mediano plazo: préstamos bancarios, financiamiento de bienes. Análisis de inversiones. Finanzas públicas: Hacienda pública, la actividad financiera y el estado, teoría general del gasto y el ingreso público. Derecho tributario. Doctrina general del impuesto: concepto, fines, clasificación de los impuestos en Venezuela, leyes impositivas. C.E.



32081 Mercadeo 03 créditos
Objetivo: Que el participante sea capaz de identificar los factores que intervienen en la dinámica del mercado y de la comercialización y de determinar los valores de los componentes esenciales de la mercadotecnia.

Contenido: Definición, diversos enfoques, segmentación del mercadeo, mercadeo y bienes de servicio, mercadeo y productos, comercialización y distribución. Fundamentos económicos del mercadeo, dinámica del mercadeo. Determinantes económicos de la oferta y la demanda, análisis de la conducta del consumidor. La sociedad y el mercadeo. Individuo y sociedad, papel del mercadeo en la sociedad. Reglamentos e Instituciones del mercadeo en Venezuela. Análisis gerencial del mercadeo; planificación y ejecución de planes integrales del mercadeo, investigación del mercadeo, análisis económico comparativo: sistema capitalista y sistema colectivista. Análisis de oportunidades, organización, planificación y control de los programas de mercadeo. Mercadeo nacional e internacional. SEM. IV.

32091 Introducción al Procesamiento de Datos 03 créditos
Objetivo: Habilita al participante para que identifique los elementos básicos del procesamiento automático de datos, a los fines de su aplicación en la organización eficiente de las actividades empresariales modernas.

Contenido: Procesamiento automático de datos: definiciones de los elementos constitutivos del proceso automático de datos: tarjetas, cintas, discos magnéticos, etc. La información y la moderna empresa. Centro de procesamiento de datos, el computador. Representación de los datos: diagrama de flujo, diseño, diseño de formularios. Medios de almacenamiento de información: archivo, elementos de programación; concepto de programa, sistemas de programación, lenguajes (Fortran, Cobol, otros). C.E.

PROGRAMAS SINOPTICOS

Ciclo Profesional
“El ciclo profesional contendrá el conjunto de elementos de aprendizaje específicos de una carrera y estará constituido por los cursos profesionales”.

32401 Técnicas de Análisis y Evaluación de Cargos 04 créditos
Objetivo: Proporcionar al participante los conocimientos, prácticas y destrezas necesarias para el manejo y aplicación de las técnicas y métodos que se utilizan para realizar un oportuno, justo y efectivo análisis y evaluación de los cargos que integran la estructura de una organización.

Contenido: Concepto sobre cargo y análisis de los mismos. Métodos de clasificación: de punto. Comparación de factores. De rama ocupacional. De rango. Análisis de cargos: descripción de funciones. Especificación del cargo. Propósito de cargo. Identificación y denominación del cargo. Propósito y principios que rigen el análisis de cargos. Estructuración de un sistema de evaluación. Aplicación de técnicas de análisis y evaluación. de cargos en los sectores público y privado. Elaboración de Manual: contenido, normas, procedimientos. SEM V

32402 Problemática de la Administración de los
Recursos Humanos 02 créditos
Objetivo: Proporcionar a los participantes los conocimientos, prácticas y destrezas necesarias para desarrollar en ellos la capacidad para el análisis de los múltiples problemas relacionados con la administración de los recursos humanos en Venezuela, que les permita una efectiva búsqueda de las soluciones que puedan aplicarse en los múltiples casos que se presentan, combinando acertadamente los conceptos científicos y la acción pragmática.

Contenido: El mercado laboral venezolano: su análisis y clasificación en relación a las diferentes actividades y ramas de industria. La oferta y la demanda de trabajo técnico y especializado. La información masiva no clasificada ni controlada y su influencia en las disponibilidades de personal. El ausentismo laboral: sus causas y consecuencias. La rotación de personal, sus causas y consecuencias. Influencia de la Ley contra Despidos Injustificados. La actitud patronal de la dirigencia sindical en los múltiples problemas relacionados con el ausentismo y rotación de personal. Métodos y Técnicas de Administración de los Recursos Humanos en Venezuela. Influencia y consecuencias positivas y negativas de la adopción e importación de modelos. Problemática que genera su aplicación. La subutilización de los Recursos Humanos. Taller III.

32403 Sindicalismo y Contratación Colectiva 04 créditos
Objetivo: Tiene como propósito capacitar al participante en todo lo que se relaciona con el sindicalismo venezolano, en particular con los problemas que se derivan de la contratación colectiva, elemento fundamental que regula las relaciones obrero patronales y de cuyo eficiente y responsable manejo depende la paz laboral necesaria para la buena marcha y desarrollo de las empresas de todo tipo, privadas y públicas.

Contenido: Breve reseña histórica del Sindicalismo en Venezuela. Las organizaciones: patronales y de trabajadores Fedecámaras – Cámaras y Asociaciones. La C.T.V. La CUT, Codesa, La C.G.T., Los sindicatos. El contrato colectivo y las organizaciones sindicales. Factores que intervienen en la contratación colectiva. El Estado y la contratación colectiva. Régimen legal de la contratación. Leyes y decretos que la rigen. El fuero sindical y la calificación de despido. Los sujetos del Contrato Colectivo. Los requisitos del contrato colectivo. La discusión de contratación. La obligatoriedad del patrono y de los trabajadores. Estructura del contrato colectivo, depósito y efectos y administración del mismo. La contratación colectiva por ramos de industria. Las convenciones obreros patronales. La discusión de los contratos. La estructuración y administración de los contratos. La extensión obligatoria. La aplicación de los términos de la contratación. SEM VI

32404 Políticas de desarrollo económico, social y
políticas de Empleo 03 créditos
Objetivo: El participante analizará los conocimientos teóricos referidos a las políticas de desarrollo económico, social y políticas de empleo contenidas en el VI Plan de la Nación para ser aplicadas en las organizaciones. Habilitará al participante para que precise la importancia de las necesidades ocupacionales futuras del país, mediante el equilibrio necesario que debe existir entre la oferta y demanda de mano de obra.

Contenido: Estudio de los planes de la nación. Análisis crítico del VI Plan de la Nación. Análisis de las políticas de empleo de mano de obra. Análisis de las políticas de empleo de mano de obra. Análisis comparativo entre las políticas de desarrollo económico, social y las políticas de empleo expresadas, y su coherencia con el potencial humano existente tal como está en el inventario de los recursos humanos de la nación. Taller IV

32405 Técnicas de Reclutamiento y Selección de
Recursos Humanos 03 créditos
Objetivo: Proporcionar a los participantes los conocimientos, prácticas y destrezas necesarias para el manejo y aplicación de las técnicas y métodos que se emplean para realizar un oportuno y efectivo reclutamiento y selección de personal.

Contenido: Concepto, fundamento y principios que lo rigen. Organización de un servicio de Selección de Personal: objetivo, funciones, normas. Personal especializado que lo conforma. Fuentes de reclutamiento: internas y externas. Medios para el reclutamiento: Instituciones Educativas. Oficinas específicas del Ministerio del Trabajo. Empresas de Colocación, Prensa, Radio, carteleras. Selección: Evaluación, Entrevistas, Pruebas psicotécnicas, Pruebas de conocimiento. Colocación. Inducción a la Empresa. Inducción al Trabajo. Orientación y Seguimiento. Elaboración de un Plan para Reclutamiento y Selección de Personal. Costo. Aplicación de las técnicas y métodos de reclutamiento, selección de personal en los sectores público y privado del país. C.E.

32406 Derecho del Trabajo 03 créditos
Objetivo: Proporcionar a los participantes los conocimientos y prácticas necesarias relacionadas con las leyes y sus reglamentos, normas y principios que rigen la vida y relaciones de los trabajadores con los patronos y las instituciones enmarcados dentro del campo laboral. Se hará énfasis con la Ley del Trabajo y Decretos que la modifican para que estén en condiciones de aplicar e interpretar las diversas decisiones en la materia.

Contenido: Definición: conceptos fundamentales sobre Derecho del Trabajo y sus principios. Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento, decretos que lo modifican, las personas en el derecho del trabajo. El contrato de trabajo. El trabajo y su inembargabilidad. Las prestaciones sociales. Vacaciones, antigüedad, utilidad, preaviso y auxilio de cesantía, naturaleza jurídica de estas figuras. La jornada de trabajo. Régimen legal del descanso. Los órganos administrativos y judiciales de trabajo. Ley de Seguro Social Obligatorio, su aplicación y alcances. La ley de Carrera Administrativa, su interpretación y alcances. Ley del Ince, su interpretación y alcances. C.E.




32407 Seguridad Social 03 créditos
Objetivo: Proporcionar a los participantes, los conocimientos, prácticas y destrezas necesarias para el empleo de las técnicas y normas de Seguridad Social en general y de Higiene y Seguridad Industrial en particular, ya que de esta depende en gran parte la conservación de la integridad económica, social y física de los trabajadores y sus familiares.

Contenido: Seguridad Social; su evolución, aspectos doctrinarios; las prestaciones y cotizaciones. Sistemas Financieros de Seguridad Social. Cotizaciones y beneficios, contribución tripartita, higiene, seguridad social e industrial. Implementación de la Seguridad Industrial en las empresas. Concepto sobre normas, fundamentos y alcances de la higiene y seguridad industrial. El accidente: causas, análisis de este y costos; análisis de los riesgos. Inspecciones de seguridad: clases, tipos personal de inspección. Contenido del informe de inspección, Notificación, Investigación y registro de accidentes. Protección de la maquinaria. El mantenimiento. Equipo de protección para los trabajadores. La higiene industrial: condiciones generales de los lugares de trabajo: espacios, pisos, ventanas, escaleras. Instalaciones: ventilación, iluminación, ruidos, instalaciones sanitarias. Primeros auxilios, prevención y extensión de incendios. Elaboración de un programa de prevención de accidentes. Legislación Venezolana con relación a la higiene y seguridad industrial. C.E.

32408 Planificación de Recursos Humanos 03 créditos
Objetivo: Proporcionar a los participantes una visión integral, sistematizada de la Planificación de los Recursos Humanos, desarrollando habilidades y destrezas necesarias para la escogencia, manejo y correcta utilización de los instrumentos administrativos que permitan una racional y efectiva participación del factor humano en la empresa.

Contenido: La Planificación de Recursos Humanos en la organización. Naturaleza e importancia de la planificación. Fases del proceso de planificación, tipos de planes, objetivos y premisas, estrategias y políticas. La Toma de Decisiones. Planificación estructural, organización de Recursos Humanos en la empresa, funciones. La Planificación Estratégica de Recursos Humanos. La organización y el comportamiento humano. La planificación funcional. Programas. Actas de aplicación. Auditoria de Recursos Humanos. Mecanización. C.E

32409 Técnicas de Capacitación, Adiestramiento y Desarrollo
Recursos Humanos 03 créditos
Objetivo: Proporcionar a los participantes los conocimientos, prácticas y destrezas que deben ser aplicadas para realizar una oportuna y efectiva acción de capacitación y desarrollo de los Recursos Humanos, haciendo énfasis de la gran importancia que dicha acción tiene y de las implicaciones y graves problemas que se generan de una defectuosa e incontrolada planificación en esta materia.

Contenido: Capacitación, Métodos y su aplicación. Investigación de necesidades. Elaboración de un Programa ce Capacitación. Costos del mismo. Adiestramiento: Métodos y su aplicación. Investigación de necesidades. Estructuración de un Plan de Adiestramiento. Costo del mismo. Evaluación: Métodos y su aplicación. Motivación e incentivos, comedor, vivienda, transporte, guarderías, economatos, créditos, servicios recreacionales, atención sanitaria, primaria, becas, contrato colectivo, biblioteca, ayuda legal. El Estado y su planificación de capacitación, adiestramiento a través del INCE. El Proceso de la Capacitación. G-1 El Proceso de Adiestramiento. C.E.

32410 Acción y Políticas de Remuneración 03 créditos
Objetivo: Proporcionar a los participantes los conocimientos, prácticas y destrezas que le permitan manejar y aplicar con justicia y eficiencia la acción política de remuneraciones como instrumento necesario para obtener el máximo rendimiento del personal, concretándose los serios problemas e implicaciones que se derivan de una acción y políticas remunerativas ineficientes e injustas.

Contenido: Conceptos, normas y principios que deben sustentar una acertada acción política de remuneraciones. Estudio y análisis de los factores internos y externos que influyen en la estructuración apropiada de una acción política de remuneraciones. Estudios de Sueldos y Salarios: Elaboración del tabulador: Niveles, Escala y Grados. Administración de Sueldos y Salarios: Sistemas de pago. Tipos de pago. Deducciones; Incentivos. C.E.

32411 Comportamiento Organizacional 03 créditos
Objetivo: Capacitar a los participantes para comprender y analizar la conducta humana en contextos organizacionales. Desarrollar técnicas para motivar al personal y reducir el índice de rotación. Elaborar el estilo apropiado de supervisión para su organización. Elaborar estructuras apropiadas para gerenciar apropiadamente su organización.

Contenido: Aspectos individuales del comportamiento en las organizaciones. Diferentes estilos para la solución de problemas. Aspectos de la toma de decisiones individuales. Aspectos del comportamiento de los grupos en las organizaciones o técnicas para incrementar la moral de un grupo (cohesión). Enfoques para solucionar problemas de los grupos. Aspectos de la motivación. Liderazgo en las organizaciones. Concepto de motivación. Adam, Maslow, Herzbert, McClelland y el enfoque de la expectancia. El sistema 1,2,3 y 4 de Likert y la cuadrícula gerencial; Fidler y House, los estudios Harvard y el clima organizacional. La Administración por objetivos, técnicas para su implementación. El Diseño del trabajo para individuos. Motivar mediante el diseño de trabajo. El diagnóstico de sistemas de trabajo. (Enriquecimiento del Trabajo). El Diseño de trabajo para grupos. Mantenimiento y gerencia de grupos de trabajo. La implementación y el cambio. El Diseño de organizaciones. Estructuras, comunicación, responsabilidad y las jerarquías; técnicas para el diseño de estructuras. Las organizaciones tipo matriz y la administración de proyectos. C.E.


32412 Psicología Industrial 03 créditos
Objetivo: Proporcionar a los participantes los conocimientos y prácticas necesarias para interpretar y aplicar las técnicas y procedimientos de la Psicología Industrial, a fin de utilizarlos con oportunidad y efectividad para resolver las múltiples problemas que en el campo industrial descompensan las estructuras organizativas, en función de los Recursos Humanos que la integran y que influyen en la productividad por las desmotivaciones e insatisfacciones que se generan.

Contenido: Desarrollo, objetivos y alcance de la Psicología Industrial. Estudio científico de los factores humanos en los problemas industriales. Los factores sociales en la industria. La satisfacción en el trabajo. La adaptación personal y el conflicto en las organizaciones laborales. El ambiente físico del trabajo. Condiciones de trabajo y productividad. Elaboración y uso de pruebas: psicotécnicas y de conocimientos. C.E.



32413 Técnicas de Supervisión 03 créditos
Objetivo: Al finalizar el curso los participantes estarán en capacidad de identificar aquellas técnicas aplicables a la supervisión de cualquier tipo de organización de personal, tendiente a obtener un máximo de grado de rendimiento y excelencia en el trabajo.

Contenido: Naturaleza de la supervisión y principios fundamentales. Técnicas de supervisión. Tipos de supervisión. Responsabilidades del supervisor, cualidades que debe poseer. El supervisor, aspectos siguientes: Relaciones humanas. Liderazgo. El Proceso de Comunicación en la Empresa: Definición de Comunicación, Elemento, Tipos, Barreras e Importancia de la Comunicación. Introducción de cambios, moral, emisión de órdenes, toma de decisiones. La preparación y motivación del personal. Relaciones del supervisor con la Unidad de Administración de Recursos Humanos. SEM VII

32414 Proyecto I 06 créditos

32415 Proyecto II 06 créditos

32416 Seminario del Trabajo Especial de Grado 04 créditos

32425 Pasantía 20 créditos

32476 Trabajo Especial de Grado S/C

CURSOS ELECTIVOS

32101 Modelos Administrativos 02 créditos
Objetivo: Al finalizar el curso el participante será capaz de determinar la aplicabilidad metodológica de los diferentes modelos administrativos, así como interpretar las diversas propuestas de reforma administrativa, en la gestión empresarial pública y/o privada.

Contenido:
· Los Modelos: Definición. Características. Constitución de modelos. Ventajas y desventajas. Como ayuda un modelo a la organización.
· Gerencia Por Objetivos: Definición, Metodología. Desarrollo del programa. Evaluación. Clima requerido para obtener resultados.
· Gerencia por Proyectos: Aplicación de los proyectos. Características. Manera de un proyecto. Tipos de Gerencia por proyectos. Fases. El Gerente por proyectos. Ventajas y desventajas.
· Proceso de fusión y el Modelo del Acuerdo: Ideas básicas. Empleo del modelo. Factores de la personalidad y factores de la organización.
· Modelo Sistemático: Las organizaciones como sistemas. Insumo de la organización. Estructura organizacional. Crecimiento y adaptación. C.E.

32102 Administración de la Producción 02 créditos
Objetivo: Proporcionar a los participantes la información necesaria que involucra el proceso de administrar eficazmente la producción.

Contenido: Localización de las plantas. Distribución de las instalaciones físicas. Diseño del proceso de producción. Elementos que componen el costo de producción. Costo del producto. Dirección de la producción. Diseño de sistemas de producción. Inventarios. Control de Calidad. Procesos de mantenimiento de planta. C.E.

32103 Técnicas de Decisión y sus Procesos 03 créditos
Objetivo: Que el estudiante a partir del análisis de una problemática específica, aplique una técnica para tomar decisiones frente a las alternativas y pueda indicar el proceso para realizar esa decisión.

Contenido: El Proceso Administrativo: La Teoría de los procesos. Formulación, políticas y planes. El Proceso de la Toma de Decisiones como parte integral del Proceso Administrativo. La Toma de Decisiones, Tipos de Decisiones. Selección de Alternativas para la Toma de Decisiones: búsqueda de soluciones alternativas. Evaluación de alternativas. Requisitos. Selección de alternativas. Factores que impiden la aplicación del Modelo Racional. La Toma de Decisiones y la Gerencia por Objetivos. El concepto de Probabilidades en la Toma de Decisiones Técnicas. Técnica del Árbol de decisiones y el criterio de Bayesiam en la Toma de Decisiones. C.E.

32418 Formulación y Evaluación de Proyectos 03 créditos
Objetivo: Al finalizar este curso el participante adquirirá los criterios básicos indispensables para aplicar los instrumentos científicos de la administración en casos específicos de formulación y evaluación de proyectos.

Contenido: Conceptos básicos. Proyecto de inversión y de factibilidad. Pasos del proceso de formulación y evaluación de proyectos de inversión. Criterio económico y criterio financiero en la formulación y evaluación. Formulación de proyectos de inversión aplicando el criterio financiero. Evaluación financiera de proyectos de inversión. C.E.

32105 Planificación 03 créditos
Objetivo: Que el participante adquiera los instrumentos teóricos para que los aplique en la elaboración y puesta en ejecución de planes concretos.

Contenido: Antecedentes históricos de la Planificación. La Planificación del mundo Socialista. La Planificación en el mundo Capitalista. La planificación estratégica, política, objetivos, metas. El Plan Programa, basamentos teóricos de la planificación. Las fases de la planificación social diagnóstico, selección de objetivos, estrategias de desarrollo. La planificación social en Venezuela. La planificación estratégica. C.E.


32417 Educación Ambiental 02 créditos
Objetivo: Que el participante adquiera la información acerca del sistema ecológico, así como una conducta conservacionista, ecológica y ética frente al ambiente que le rodea.

Contenido: Conceptualización e importancia de la educación ambiental y la ecología. Funcionamiento del ambiente natural y equilibrio ecológico. La contaminación ambiental y la influencia de las actividades económicas y sociales. Planificación y legislación ambiental. C.E.

32241 Contabilidad de Costos I 3 créditos
Objetivo: Presentar una visión general de la contabilidad de costos, así como de su importancia dentro de una organización proporcionándole al participante las características específicas y los procedimientos contables de los diferentes sistemas de costos y su consecuencia final de los estados financieros.

Contenido: Introducción a la Contabilidad de Costos. El Balance General. Presentación. Elementos y Estructura del Balance General. Grupos del Activo Circulante Fijo. Cargos Diferidos y otros Activos. El ciclo de la Contabilidad de Costos. Elementos básicos de Contabilidad. La Cuenta. Saldo. Clasificación de Cuenta. Diarios y Mayores Auxiliares de Costo. El registro contable. Teoría del cargo y el abono. Las transacciones comerciales. Registro de Operaciones. Control y Contabilidad de los Materiales. C.E.

32109 Sistemas de Información Gerencial 03 créditos
Objetivo: Desarrollar en el participante una actitud de franca expectativa frente a los problemas de información dentro de la empresa. Dar al participante la posibilidad de manejar una serie de conceptos tendientes a la tipificación de un problema de orden informativo o de un conjunto de herramientas metodológicas que le permitan llegar a desarrollar sistemas de información de poca o mediana complejidad.

Contenido: La comunicación: concepto, elementos constitutivos. Procesos, Redes, Ciclo. Interacciones, La Información. Concepto, importancia, integrantes, flujo. Recuperación. Los informes. Objetivos, características, seguimiento y archivo. Información y decisión. Interacciones, costo de la información. Valores de la Decisión. La Informática. La Computadora Hardware, Software. Tratamientos de datos. Procesamiento de datos. Los Sistemas informativos. Diseño y diagramación. Manejo. Actualización. Los sistemas de información gerencial. Problemas de un sistema de información gerencial. C.E.

32311 Desarrollo Socio - Económico 4 créditos
Objetivo: Analizar e identificar las condiciones sociales, económicas y culturales de la comunidad a fin de elaborar proyectos que realizados en forma conjunta produzcan las transformaciones que dicha comunidad requiera para mejorar sus condiciones de vida.

Contenido: Investigación preliminar y diagnóstico de las condiciones generales de la comunidad (socio – económicas – culturales). Planificación de proyectos económicos en base a la realidad detectada y las particularidades de cada comunidad. Selección de los participantes (familias) a través de estudios socio – económicos que revelan las necesidades del grupo familiar a un interés individual, implementación de Proyectos económicos en base a los diagnósticos hechos sobre la comunidad (comunidades de estímulos para elevar los ingresos del grupo familiar). Selección de los tipos de proyectos económicos: producción animal o vegetal, artesanal, etc. Estrategias para la educación del grupo familiar: en pro del mejoramiento del nivel socio – educativo; estímulos para solución de problemas de salud, analfabetismo, higiene, cursos para adultos, etc. Implementación de actividades culturales, deportivas y creativas (cine, teatro, pintura, artesanía). Importancia de la interacción universidad comunidad.
SEM VII.

32400 Sociología General 02 créditos
Objetivo: Capacitar al participante a fin de que pueda interpretar el concepto de sociología como ciencia y su relación con otras ciencias.

Contenido: La Sociología como ciencia. Concepto, objetivo, campo. Orientaciones sociológicas. La sociología positivista, su objeto, método. La interpretación, precedentes teóricos ideológicos con influencia pertinente sobre la formulación del discurso de la sociología interpretativa. Análisis crítico, categorías fundamentales de análisis de la teoría Marxista. La población. Las funciones y componentes demográficos. Las comunidades. El contexto de la sociología. La conducta colectiva. La sociología de las organizaciones. La Socialización. C.E.

32423 Organización de la Carrera Administrativa
en el Sector Público 02 créditos
Objetivo: Proporcionar a los participantes los conocimientos y prácticas necesarias para interpretar y aplicarlos. Diferentes instrumentos legales y jurídicos con el fin de obtener resultados positivos en lo referente a la organización de la carrera administrativa.

Contenido: Establecimiento del sistema del mérito aplicado a la carrera administrativa pública. Aplicación del precepto constitucional de igualdad de oportunidades de todos los venezolanos para ingresar a la Administración Pública Nacional. Definiciones de carrera administrativa, definición de función o servicio público, el estudio de los grandes sistemas de carrera administrativa en Venezuela, su base constitucional, antecedentes, origen, categorías de funcionarios de la Administración Pública Nacional. El marco jurídico de la carrera administrativa y sus Reglamentos. Los procedimientos propios de la carrera administrativa. C.E.


32424 Técnicas de Evaluación de Eficiencia 03 créditos
Objetivo: Proporcionar a los participantes los conocimientos fundamentales sobre las técnicas de evaluación de eficiencia encuadrados dentro de los ordenamientos jurídicos. Lograr que los participantes conozcan la necesidad de desarrollar programas adecuados y prácticos para calificar la eficiencia y conducta de los funcionarios al servicio de las empresas.

Contenido: Bases Teórico – conceptuales de la valoración del personal. Concepto Relación de la evaluación del trabajador con otras técnicas de relaciones industriales. Valoración del personal. Limitaciones. Evolución de los Sistemas de Valoración del personal. Validez y confiabilidad de factores considerados en la valoración del personal. La entrevista de calificación. Desviaciones. La Comunicación de los resultados. El Programa de valoración del personal. Definición de Políticas de valoración de personal. Estructuración de las políticas. Características, flexibilidad, universalidad, definición, etc. Pasos a seguir para la implantación del Programa (Flujograma). Formatos de Evaluación, control del programa de Evaluación. C.E.

sábado, febrero 03, 2007

Ley de los Consejos Comunales

LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
D E C R E T A
la siguiente,
LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES
Capítulo I
Disposiciones Generales
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto crear, desarrollar y regular la conformación, integración, organización y funcionamiento de los consejos comunales; y su relación con los órganos del Estado, para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas.
De los consejos comunales
Artículo 2. Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.
Principios
Artículo 3. La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige conforme a los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control social, equidad, justicia e igualdad social y de género.
Definiciones
Artículo 4. A los efectos de esta Ley se entiende:
1. Comunidad: es el conglomerado social de familias, ciudadanos y ciudadanas que habitan en un área geográfica determinada, que comparten una historia e intereses comunes, se conocen y relacionan entre sí, usan los mismos servicios públicos y comparten necesidades y potencialidades similares: económicas, sociales, urbanísticas y de otra índole.
2. Comunidades Indígenas: son grupos humanos formados por familias indígenas asociadas entre sí, pertenecientes a uno o más pueblos indígenas, que están ubicados en un determinado espacio geográfico y organizados según las pautas culturales propias de cada pueblo, con o sin modificaciones provenientes de otras culturas.
3. Área geográfica de la comunidad: Territorio que ocupan las y los habitantes de la comunidad, cuyos límites geográficos se establecen en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas dentro de los cuales funcionará el Consejo Comunal. El área geográfica será decidida por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de acuerdo con las particularidades de cada comunidad.
4. Base poblacional de la comunidad: A los efectos de la participación protagónica, la planificación y la gobernabilidad de los consejos comunales, se asumen como referencias los criterios técnicos y sociológicos que señalan que las comunidades se agrupan en familias, entre doscientos (200) y cuatrocientos (400) en el área urbana y a partir de veinte (20) familias en el área rural y a partir de diez (10) familias en las comunidades indígenas. La base poblacional será decidida por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de acuerdo con las particularidades de cada comunidad, tomando en cuenta las comunidades aledañas.
5. Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas: Es la instancia primaria para el ejercicio del poder, la participación y el protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para el consejo comunal respectivo.
6. Comité de trabajo del Consejo Comunal: Colectivo o grupo de personas organizadas para ejercer funciones específicas, atender necesidades y desarrollar las potencialidades de cada comunidad. El comité de trabajo, articulará y promoverá la participación e integración de las organizaciones comunitarias, movimientos sociales y habitantes de la comunidad.
7. Áreas de Trabajo: Las áreas de trabajo se constituyen en relación con las particularidades y los problemas más relevantes de la comunidad. El número y contenido de las áreas de trabajo dependerá de la realidad de cada comunidad, pudiendo ser: de economía popular y desarrollo endógeno; desarrollo social integral; vivienda, hábitat e infraestructura; y cualquier otra que defina la comunidad. Las áreas de trabajo agruparán varios comités de trabajo.
8. Organizaciones Comunitarias: organizaciones que existen o pueden existir en las comunidades y que agrupan a un conjunto de ciudadanos y ciudadanas en base a objetivos e intereses comunes, tales como: comités de tierras, comités de salud, mesas técnicas de agua, grupos culturales, clubes deportivos, puntos de encuentro y organizaciones de mujeres, sindicatos y organizaciones de trabajadores y trabajadoras, organizaciones juveniles o estudiantiles, asociaciones civiles, cooperativas, entre otras.
9. Vocero o vocera: Es la persona electa en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, para cada comité de trabajo, de reconocida solvencia moral, trabajo comunitario, con capacidad de trabajo colectivo, espíritu unitario y compromiso con los intereses de la comunidad, a fin de coordinar todo lo relacionado con el funcionamiento del Consejo Comunal, la instrumentación de sus decisiones y la comunicación de las mismas ante las instancias correspondientes.
10. Banco Comunal: El Banco Comunal es la forma de organización y gestión económico-financiera de los recursos de los consejos comunales; es una organización flexible, abierta, democrática, solidaria y participativa.
Deberes
Articulo 5. Son deberes de los ciudadanos y ciudadanas integrantes de los consejos comunales: la corresponsabilidad social, la rendición de cuentas, el manejo transparente, oportuno y eficaz de los recursos que dispongan, bien sea por asignación del Estado o cualquier otra vía de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Capítulo II
Integración y Organización del Consejo Comunal
Atribuciones de la Asamblea de Ciudadanos y ciudadanas
Artículo 6. La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas es la máxima instancia de decisión del Consejo Comunal, integrada por los habitantes de la comunidad, mayores de quince (15) años, y tiene las siguientes atribuciones:
1. Aprobar las normas de convivencia de la comunidad.
2. Aprobar los estatutos y el acta constitutiva del Consejo Comunal, la cual contendrá: nombre del Consejo Comunal; área geográfica que ocupa; número de familias que lo integran; listado de asistentes a la Asamblea (Nombre y apellido, cédula de identidad); lugar, fecha y hora de la Asamblea; acuerdos de la Asamblea; resultados de la elección de las y los voceros, y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal.
3. Aprobar el Plan de Desarrollo de la Comunidad.
4. Aprobar los proyectos presentados al Consejo Comunal en beneficio de la comunidad, así como la integración de los proyectos para resolver las necesidades afines con otras comunidades e instancias de gobierno, bajo la orientación sostenible y sustentable del desarrollo endógeno.
5. Ejercer la contraloría social.
6. Adoptar las decisiones esenciales de la vida comunitaria.
7. Elegir las y los integrantes de la Comisión Promotora.
8. Elegir las y los integrantes de la Comisión Electoral.
9. Elegir a voceros o voceras del órgano ejecutivo.
10. Elegir a las y los integrantes de la Unidad de Contraloría Social.
11. Elegir a las y los integrantes de la Unidad de Gestión Financiera.
12. Revocar el mandato de los voceros o voceras y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal, conforme con lo que establezca el Reglamento de la presente Ley.
13. Evaluar y aprobar la gestión financiera.
14. Definir y aprobar los mecanismos necesarios para el funcionamiento del Consejo Comunal.
15. Las demás establecidas en la presente Ley y su Reglamento.
Integración
Artículo 7. A los fines de su funcionamiento, el Consejo Comunal está integrado por:
1. El órgano ejecutivo, integrado por los voceros y voceras de cada comité de trabajo.
2. La Unidad de Gestión Financiera como órgano económico- financiero.
3. La Unidad de Contraloría Social como órgano de control.
Del órgano ejecutivo
Artículo 8. El órgano ejecutivo es la instancia del Consejo Comunal encargada de promover y articular la participación organizada de las y los integrantes de la comunidad, los grupos sociales y organizaciones comunitarias en los diferentes comités de trabajo; se reunirá a fin de planificar la ejecución de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, así como conocer las actividades de cada uno de los comités y de las áreas de trabajo.
De la con formación del órgano ejecutivo
Artículo 9. La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas determina y elige el número de voceros o voceras de acuerdo a la cantidad de comités de trabajo que se conformen en la comunidad, tales como:
1. Comité de Salud.
2. Comité de Educación.
3. Comité de Tierra Urbana o Rural.
4. Comité de Vivienda y Hábitat.
5. Comité de Protección e Igualdad Social.
6. Comité de Economía Popular.
7. Comité de Cultura.
8. Comité de Seguridad Integral.
9. Comité de Medios de Comunicación e Información.
10. Comité de Recreación y Deportes.
11. Comité de Alimentación.
12. Mesa Técnica de Agua.
13. Mesa Técnica de Energía y Gas.
14. Comité de Servicios.
15. Cualquier otro que considere la comunidad de acuerdo a sus necesidades.
De la Unidad de Gestión Financiera
Articulo 10. La unidad de gestión financiera es un órgano integrado por cinco (5) habitantes de la comunidad electos o electas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, que funciona como un ente de ejecución financiera de los consejos comunales para administrar recursos financieros y no financieros, servir de ente de inversión y de crédito, y realizar intermediación financiera con los fondos generados, asignados o captados.
A los efectos de esta Ley, la unidad de gestión financiera se denominará Banco Comunal. El Banco Comunal pertenecerá a un Consejo Comunal o a una Mancomunidad de consejos comunales, de acuerdo con el desarrollo de las mismos y a las necesidades por ellos establecidas.
Serán socios y socias del Banco Comunal todos los ciudadanos y ciudadanas que habiten en el ámbito geográfico definido por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas y que conforman el Consejo Comunal o la Mancomunidad de consejos comunales.
El Banco Comunal adquirirá la figura jurídica de cooperativa y se regirá por la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, la Ley de Creación, Estímulo, Promoción y Desarrollo del Sistema Microfinanciero y otras leyes aplicables, así como por la presente Ley y su Reglamento. Los Bancos Comunales quedarán exceptuados de la regulación de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.
La Unidad de Contraloría Social
Articulo 11. La Unidad de Contraloría Social es un órgano conformado por cinco (5) habitantes de la comunidad, electos o electas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas para realizar la contraloría social y la fiscalización, control y supervisión del manejo de los recursos asignados, recibidos o generados por el consejo comunal, así como sobre los programas y proyectos de inversión publica presupuestados y ejecutados por el gobierno nacional, regional o municipal.
Capítulo III
Constitución del Consejo Comunal
De la elección, duración y carácter del ejercicio
de las y los integrantes del Consejo Comunal
Artículo 12. Los voceros y voceras de los comités de trabajo, así como las y los integrantes de los órganos económico-financiero y de control, serán electos y electas en votaciones directas y secretas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Quienes se postulen no podrán ser electos en más de un órgano del Consejo Comunal, durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos. El carácter de su ejercicio es ad honorem.
Los pueblos y comunidades indígenas elegirán los órganos de los consejos comunales, de acuerdo con sus usos, costumbres y tradiciones, y por lo dispuesto en la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas.
Requisitos para la elección de voceros y voceras de los comités de trabajo
Artículo 13. Para ser electo o electa se requiere:
1. Ser habitante de la comunidad, con al menos seis (6) meses de residencia en la misma, salvo en los casos de comunidades recién constituidas o circunstancias de fuerza mayor.
2. Mayor de quince (15) años.
3. Disposición y tiempo para el trabajo comunitario.
4. Estar inscrito en el Registro Electoral Permanente, en el caso de ser mayor de edad.
5. No ocupar cargos de elección popular.
Requisitos para la elección de las y los integrantes
de las unidades de contraloría social y de gestión financiera
Artículo 14. Para ser electo o electa como integrante de la Unidad de Contraloría Social o de la Unidad de Gestión Financiera, se requiere:
1. Ser habitante de la comunidad, con al menos, seis (6) meses de residencia en la misma, salvo en los casos de comunidades recién constituidas o circunstancias de fuerza mayor.
2. Mayor de edad.
3. Disposición y tiempo para el trabajo comunitario.
4. Estar inscrito en el Registro Electoral Permanente.
5. No ocupar cargos de elección popular.
Del equipo promotor provisional
Artículo 15. A los efectos de la primera elección de los voceros y voceras de los comités de trabajo e integrantes de los órganos contralor y económico-financiero, se debe organizar una Comisión Promotora provisional que tendrá como función organizar la elección de la comisión promotora y de la Comisión Electoral, de acuerdo al procedimiento siguiente:
1. Conformación de un equipo promotor provisional, el cual estará integrado por ciudadanos y ciudadanas de la comunidad que asuman esta iniciativa, con la participación de una o un representante designado por la Comisión Presidencial del Poder Popular respectivo, dejando constancia escrita en el acta que se levante para tal fin.
2. Organizar y coordinar la realización del censo demográfico de la comunidad.
3. Convocatoria de una Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas por parte del equipo promotor provisional, en un lapso no mayor de treinta (30) días a partir de su conformación, que elegirá la comisión promotora y la comisión electoral con la participación mínima del diez por ciento (10%) de la población mayor de quince (15) años de la comunidad respectiva. Las Comisiones Promotora y Electoral, realizarán un trabajo articulado y coordinado a fin de garantizar la efectiva realización de la Asamblea Constituyente Comunitaria.
De la comisión promotora
Artículo 16. La comisión promotora es la instancia encargada de convocar, conducir y organizar la Asamblea Constituyente Comunitaria, estará integrada por un número variable de miembros quienes serán electos y electas en Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y su Reglamento.
Funciones de la comisión promotora
Artículo 17. Para el cumplimiento de estas funciones realizará lo siguiente:
1. Difundir entre los habitantes de la comunidad el alcance, objeto y fines de los Consejos Comunales.
2. Elaborar un croquis del área geográfica de la comunidad.
3. Recabar la información de la historia de la comunidad.
4. Organizar y coordinar la realización del censo demográfico y socioeconómico comunitario.
5. Convocar a la Asamblea Constituyente Comunitaria en un lapso no mayor de noventa (90) días, contados a partir de su constitución.
La Comisión Promotora cesa en sus funciones al momento de la conformación del Consejo Comunal.
De la Comisión Electoral
Artículo 18. La Comisión Electoral es la instancia encargada de organizar y conducir el proceso de elección de los voceros o voceras y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal, estará integrada por cinco habitantes de la comunidad, quienes serán electos y electas en Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y su Reglamento, y tendrá las siguientes tareas:
1. Elaborar el registro electoral, conforme a lo establecido en la presente Ley y su Reglamento.
2. Hacer del conocimiento de la comunidad todo lo relativo a la elección de los voceros o voceras y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal.
3. Elaborar el material electoral necesario.
4. Escrutar y totalizar los votos.
5. Proclamar y juramentar a los voceros o voceras y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal electos o electas.
6. Levantar un acta del proceso de elección y sus resultados.
Quienes integren la Comisión Electoral no podrán postularse a los órganos del Consejo Comunal. Una vez cumplidas estas tareas, la Comisión Electoral cesa en sus funciones.
De la Asamblea Constituyente Comunitaria
Artículo 19. La Asamblea Constituyente Comunitaria es la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en la cual se eligen, por primera vez, los voceros y voceras de los comités de trabajo y demás integrantes de los órganos económico-financiero y de control del Consejo Comunal. La Asamblea Constituyente Comunitaria se considerará válidamente conformada con la asistencia de al menos el veinte por ciento (20%) de los miembros de la comunidad, mayores de quince (15) años.
Del registro de los consejos comunales
Artículo 20. Los consejos comunales serán registrados ante la Comisión Local Presidencial del Poder Popular, para lo cual harán entrega de los estatutos y acta constitutiva aprobados por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Copia del registro será consignada ante el Consejo Local de Planificación Pública correspondiente, a los efectos de lograr la articulación con el Sistema Nacional de Planificación Pública.
El registro de los Consejos Comunales, ante la Comisión Presidencial del Poder Popular respectiva, les reviste de personalidad jurídica para todos los efectos relacionados con esta Ley.
Capítulo IV
Funcionamiento del Consejo Comunal
Funciones del Órgano Ejecutivo
Artículo 21. El Consejo Comunal a través de su órgano ejecutivo tendrá las siguientes funciones:
1. Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
2. Articular con las organizaciones sociales presentes en la comunidad y promover la creación de nuevas organizaciones donde sea necesario, en defensa del interés colectivo y el desarrollo integral, sostenible y sustentable de las comunidades.
3. Elaborar planes de trabajo para solventar los problemas que la comunidad pueda resolver con sus propios recursos y evaluar sus resultados.
4. Organizar el voluntariado social en cada uno de los comités de trabajo.
5. Formalizar su registro ante la respectiva Comisión Presidencial del Poder Popular.
6. Organizar el Sistema de Información Comunitaria.
7. Promover la solicitud de transferencias de servicios, participación en los procesos económicos, gestión de empresas públicas y recuperación de empresas paralizadas mediante mecanismos autogestionarios y cogestionarios.
8. Promover el ejercicio de la iniciativa legislativa y participar en los procesos de consulta en el marco del parlamentarismo social.
9. Promover el ejercicio y defensa de la soberanía e integridad territorial de la nación.
10. Elaborar el Plan de Desarrollo de la Comunidad a través del diagnóstico participativo, en el marco de la estrategia endógena.
11. Las demás funciones establecidas el Reglamento de la presente Ley y las que sean aprobadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Funciones de la Unidad de Gestión Financiera
Artículo 22. Son funciones del Banco Comunal:
1. Administrar los recursos asignados, generados o captados tanto financieros como no financieros.
2. Promover la constitución de cooperativas para la elaboración de proyectos de desarrollo endógeno, sostenibles y sustentables.
3. Impulsar el diagnóstico y el presupuesto participativo, sensible al género, jerarquizando las necesidades de la comunidad.
4. Promover formas alternativas de intercambio, que permitan fortalecer las economías locales.
5. Articularse con el resto de las organizaciones que conforman el sistema microfinanciero de la economía popular.
6. Promover el desarrollo local, los núcleos de desarrollo endógeno y cualquier otra iniciativa que promueva la economía popular y solidaria.
7. Rendir cuenta pública anualmente o cuando le sea requerido por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
8. Prestar servicios no financieros en el área de su competencia.
9. Prestar asistencia social.
10. Realizar la intermediación financiera.
11. Rendir cuenta ante el Fondo Nacional de los Consejos Comunales anualmente o cuando este así lo requiera.
12. Promover formas económicas alternativas y solidarias, para el intercambio de bienes y servicios.
Funciones de la Unidad de Contraloría Social
Artículo 23. Son funciones del órgano de control:
1. Dar seguimiento a las actividades administrativas y de funcionamiento ordinario del Consejo Comunal en su conjunto.
2. Ejercer la coordinación en materia de contraloría social comunitaria.
3. Ejercer el control, fiscalización y vigilancia de la ejecución del plan de desarrollo comunitario.
4. Ejercer el control, fiscalización y vigilancia del proceso de consulta, planificación, desarrollo, ejecución y seguimiento de los proyectos comunitarios.
5. Rendir cuenta pública de manera periódica, según lo disponga el Reglamento de la presente Ley.
Articulación de los órganos del Consejo Comunal
Artículo 24. Los órganos Ejecutivo, de Control y Económico Financiero del Consejo Comunal, a los efectos de una adecuada articulación de su trabajo, realizarán reuniones de coordinación y seguimiento, al menos mensualmente, según los parámetros que establezca el Reglamento de la presente Ley.
Los gastos que se generen por concepto de la actividad de los voceros, voceras y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal, serán compensados por el fondo de gastos de funcionamiento del Consejo Comunal. En el Reglamento de la presente Ley se establecerán los topes máximos para cubrir dichos gastos.
Capítulo V
De la gestión y administración de los recursos del Consejo Comunal
De los recursos
Artículo 25. Los Consejos Comunales recibirán de manera directa los siguientes recursos:
1. Los que sean transferidos por la República, los estados y los municipios.
2. Los que provengan de lo dispuesto en la Ley de Creación del Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES) y la Ley de Asignaciones Económicas Especiales derivadas de Minas e Hidrocarburos (LAEE).
3. Los que provengan de la administración de los servicios públicos que les sean transferidos por el Estado.
4. Los generados por su actividad propia, incluido el producto del manejo financiero de todos sus recursos.
5. Los recursos provenientes de donaciones de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurídico.
6. Cualquier otro generado de actividad financiera que permita la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.
Del manejo de los recursos
Artículo 26. El manejo de los recursos financieros, establecidos en esta Ley, se orientará de acuerdo a las decisiones aprobadas en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Tales decisiones serán recogidas en actas que deberán contener al menos la firma de la mayoría simple de las y los asistentes a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas del Consejo Comunal.
De la responsabilidad en la administración de los recursos
Artículo 27. Quienes administren los recursos a los que se refiere la presente Ley, estarán obligados a llevar un registro de la administración, con los soportes que demuestren los ingresos y desembolsos efectuados y tenerlos a disposición de la Unidad de Contraloría Social y demás miembros de la comunidad, a través del procedimiento que será establecido en el Reglamento de esta Ley.
Los o las integrantes del órgano económico financiero, incurrirán en responsabilidad civil, penal o administrativa por los actos, hechos u omisiones contrarios a las disposiciones legales que regulen la materia.
Los o las integrantes del Órgano Económico Financiero, deberán presentar declaración jurada de patrimonio por ante la Comisión Presidencial del Poder Popular.
Capítulo VI
Del Fondo Nacional de los Consejos Comunales
Del Fondo Nacional de los Consejos Comunales
Artículo 28. Se crea el Fondo Nacional de los Consejos Comunales, como servicio autónomo sin personalidad jurídica, el cual estará adscrito al Ministerio de Finanzas y se regirá por las disposiciones contenidas en esta Ley y su Reglamento. Tendrá una junta directiva conformada por un presidente o presidenta, tres miembros principales y tres suplentes, designados por el Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros y Ministras.
Objeto del Fondo Nacional de los Consejos Comunales
Artículo 29. El Fondo Nacional de los Consejos Comunales, tiene por objeto financiar los proyectos comunitarios, sociales y productivos, presentados por la Comisión Nacional Presidencial del Poder Popular en sus componentes financieros y no financieros.
La transferencia de los recursos financieros se hará a través de las unidades de gestión financieras creadas por los consejos comunales.
Capítulo VII
De la Comisión Presidencial del Poder Popular
De la Comisión Nacional Presidencial del Poder Popular
Artículo 30. Se crea la Comisión Nacional Presidencial del Poder Popular, designada por el Presidente de la República de conformidad con el artículo 71 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, a los fines de:
1. Orientar, coordinar y evaluar el desarrollo de los Consejos Comunales a nivel nacional, regional y local.
2. Fortalecer el impulso del poder popular en el marco de la democracia participativa y protagónica, y el desarrollo endógeno, dando impulso al desarrollo humano integral que eleve la calidad de vida de las comunidades.
3. Generar mecanismos de formación y capacitación.
4. Recabar los diversos proyectos aprobados por los consejos comunales.
5. Tramitar los recursos técnicos, financieros y no financieros necesarios para la ejecución de los proyectos de acuerdo a los recursos disponibles en el Fondo Nacional de los Consejos Comunales.
6. Crear en las comunidades donde se amerite o considere necesario, Equipos Promotores Externos para impulsar la conformación de los Consejos Comunales, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y su Reglamento.
La participación de los voceros y voceras de los Consejos Comunales en la Comisión Presidencial del Poder Popular en sus instancias nacional, estadal o municipal, se hará conforme a lo dispuesto en el Reglamento de esta Ley.
De la Comisión Regional Presidencial del Poder Popular
Artículo 31. La Comisión Nacional Presidencial del Poder Popular designará una Comisión Regional Presidencial del Poder Popular por cada estado, previa aprobación del Presidente de la República.
De la Comisión Local Presidencial del Poder Popular
Artículo 32. La Comisión Nacional Presidencial del Poder Popular designará una Comisión Local Presidencial del Poder Popular por cada municipio, previa aprobación del Presidente de la República.
De la Comisión Especial de la Asamblea Nacional
Artículo 33. La Asamblea Nacional designará una comisión especial para que conjuntamente con las comisiones presidenciales respectivas, realicen una evaluación del proceso de constitución y funcionamiento de los consejos comunales. Dicha comisión presentará el primer informe en un lapso no mayor de noventa (90) días continuos contados a partir de la fecha de su conformación, y en lo sucesivo en el mismo período.
Capítulo VIII
Disposición Transitoria
ÚNICA. Los Consejos Comunales constituidos antes de la publicación de esta Ley, serán objeto de un proceso de legitimación, regularización y adecuación a las disposiciones en ella establecidas. La Comisión Presidencial del Poder Popular realizará este proceso en un lapso no mayor de noventa días continuos a partir de la publicación de la presente Ley.
Capítulo IX
Disposición Derogatoria
ÚNICA. Queda derogado el artículo 8 de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública y todas las disposiciones que contradigan lo previsto en esta Ley.
Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, Sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los siete días del mes de abril de dos mil seis. Año 195º de la Independencia y 147º de la Federación.


NICOLÁS MADURO MOROSPresidente
DESIRÉE SANTOS AMARALPrimera Vicepresidente
ROBERTO HERNÁNDEZ Segunda Vicepresidente
IVÁN ZERPA GUERREROSecretario
JOSÉ GREGORIO VIANASubsecretario
Asamblea Nacional Nº 434
Ley de los Consejos Comunales-Fuente: Dirección de los Servicios de Secretaría

Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior

Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior
(Gaceta Oficial Nº 38.272 del 14 de septiembre de 2005)
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA la
siguiente, LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN SUPERIOR
TÍTULO I
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1
Objeto
La presente Ley tiene como objeto normar la prestación del servicio comunitario del estudiante de
educación superior, que a nivel de pre grado aspire al ejercicio de cualquier profesión.
Artículo 2
Principios
Esta Ley se regirá por los principios constitucionales de solidaridad, responsabilidad social, igualdad,
cooperación, corresponsabilidad, participación ciudadana, asistencia humanitaria y alteridad.
Artículo 3
Ámbito de Aplicación
La prestación del servicio comunitario, tendrá su ámbito de aplicación en el área geográfica del territorio
nacional que determine la Institución de Educación Superior correspondiente.
Capítulo II
Del Servicio Comunitario
Artículo 4
Definición
A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en
las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional,
aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos
durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al
cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.
Artículo 5
Comunidad
A los efectos de esta Ley, la comunidad es el ámbito social de alcance nacional, estadal o municipal,
donde se proyecta la actuación de las instituciones de educación superior para la prestación del servicio
comunitario.
Artículo 6
Requisito para la Obtención del Título
El servicio comunitario es un requisito para la obtención del título de educación superior, no creará
derechos u obligaciones de carácter laboral y debe prestarse sin remuneración alguna.
Artículo 7
Fines del Servicio Comunitario
El servicio comunitario tiene como fines:
1. Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y
ciudadana.
2. Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.
3. Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de
los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística, cultural y deportiva.
4. Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la
sociedad venezolana.
5. Formar, a través del aprendizaje servicio, el capital social en el país.
Artículo 8
Duración del Servicio Comunitario
El servicio comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte horas académicas, las cuales se
deben cumplir en un lapso no menor de tres meses. Las instituciones de educación superior adaptarán
la duración del servicio comunitario a su régimen académico.
Artículo 9
Condiciones
No se permitirá realizar actividades de proselitismo, político partidistas, durante la prestación del servicio
comunitario.
Artículo 10
De los Recursos
Las instituciones de educación superior, incluirán los recursos necesarios para la realización del servicio
comunitario en el plan operativo anual, sin menoscabo de los que puedan obtenerse, a través de los
convenios.
TÍTULO II
DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Artículo 11
De las Instituciones de Educación Superior
A los fines de esta Ley, son instituciones de educación superior aquéllas establecidas por la Ley
Orgánica de Educación.
Artículo 12
De la Capacitación
El Ministerio de Educación Superior y las instituciones de educación superior en coordinación, deben
programar seminarios, cursos o talleres sobre la realidad comunitaria, a fin de capacitar al personal
académico y estudiantil para la ejecución del servicio comunitario, a fin de preparar a los coordinadores,
asesores y estudiantes en sus responsabilidades, metas y propósitos para la realización del servicio
comunitario.
Artículo 13
De la Función
Las instituciones de educación superior facilitarán las condiciones necesarias para el cumplimiento del
servicio comunitario, ofertando al estudiante los proyectos para su participación.
Artículo 14
Convenios
A los efectos de esta Ley, los convenios serán las alianzas realizadas entre el Ministerio de Educación
Superior, las instituciones de educación superior, las instituciones y organizaciones del sector público,
privado, las comunidades organizadas y las asociaciones gremiales entre otros, para la ejecución el
servicio comunitario.
Artículo 15
Atribuciones
Las instituciones de educación superior tendrán como atribuciones:
1. Garantizar que los proyectos aprobados por la institución, estén orientados a satisfacer las
necesidades de la comunidad.
2. Ofertar a los estudiantes de educación superior los proyectos existentes, según su perfil académico.
3. Celebrar convenios para la prestación del servicio comunitario, con el sector público, privado y las
comunidades.
4. Expedir la constancia de culminación de prestación del servicio comunitario.
5. Elaborar los proyectos de acuerdo al perfil académico de cada disciplina y a las necesidades de las
comunidades.
6. Brindar al estudiante la asesoría necesaria para el cumplimiento del servicio comunitario.
7. Elaborar su reglamento interno para el funcionamiento del servicio comunitario.
8. Ofrecer al estudiante reconocimientos o incentivos académicos, previa evaluación del servicio
ejecutado.
9. Determinar el momento de inicio, la duración, el lugar y las condiciones para la prestación del servicio
comunitario.
10. Adaptar la duración del servicio comunitario a su régimen académico.
11. Establecer convenios con los Consejos Locales de Planificación Pública, Consejos Estadales de
Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, instituciones y organizaciones públicas o privadas y
comunidad organizada entre otros.
12. Evaluar los proyectos presentados por los sectores con iniciativa, a objeto de ser considerada su
aprobación.
13. Establecer las condiciones necesarias para la ejecución de los proyectos.
14. Garantizar de manera gratuita, la inscripción de los estudiantes de educación superior en los
proyectos ofertados.
TÍTULO III
DE LOS PRESTADORES DEL SERVICIO COMUNITARIO
Artículo 16
De los Prestadores del Servicio Comunitario
Los prestadores del servicio comunitario son los estudiantes de educación superior que hayan cumplido
al menos, con el cincuenta por ciento (50%) del total de la carga académica de la carrera.
Los estudiantes de educación superior, deberán cursar y aprobar previa ejecución del proyecto, un
curso, taller o seminario que plantee la realidad de las comunidades.
Artículo 17
De los Derechos de los Prestadores
Son derechos de los prestadores del servicio comunitario:
1. Obtener información oportuna de los proyectos ofertados por las instituciones de educación superior,
para el servicio comunitario.
2. Obtener información sobre los requisitos y procedimientos para inscribirse en los proyectos ofertados
por la institución de educación superior.
3. Recibir la asesoría adecuada y oportuna para desempeñar el servicio comunitario.
4. Recibir un trato digno y ético durante el cumplimiento del servicio comunitario.
5. Realizar actividades comunitarias de acuerdo con el perfil académico de la carrera.
6. Recibir de la institución de educación superior la constancia de culminación del servicio comunitario.
7. Recibir de la institución de educación superior, reconocimientos ó incentivos académicos, los cuales
deben ser establecidos en el reglamento interno elaborado por cada institución.
8. Inscribirse de manera gratuita, para participar en los proyectos de servicio comunitario.
9. Participar en la elaboración de los proyectos presentados como iniciativa de la institución de
educación superior.
Artículo 18
De las Obligaciones del Prestador del Servicio Comunitario
Son obligaciones de los prestadores del servicio comunitario:
1. Realizar el servicio, comunitario como requisito para la obtención del título de educación superior.
Dicha labor no sustituirá las prácticas profesionales incluidas en los planes de estudio de las carreras de
educación superior.
2. Acatar las disposiciones que se establezcan en los convenios realizados por las instituciones de
educación superior.
3. Actuar con respeto, honestidad y responsabilidad durante el servicio comunitario.
4. Acatar las directrices y orientaciones impartidas por la coordinación y el asesor del proyecto para el
cumplimiento del servicio comunitario.
5. Cumplir con el servicio comunitario según lo establecido en esta Ley y sus reglamentos.
6. Cursar y aprobar previa ejecución del servicio comunitario, un curso, taller o seminario sobre la
realidad de las comunidades.
Artículo 19
De las Infracciones
A los efectos de está Ley, serán considerados infractores las instituciones de educación superior, el
personal académico y los prestadores del servicio comunitario, que incumplan con las obligaciones en
las cuales se desarrolla el servicio comunitario establecidas en esta Ley y sus reglamentos.
Artículo 20
De las Sanciones
El personal académico y los estudiantes de educación superior que incumplan esta Ley, estarán
sometidos a la observancia de todas las normas vigentes, relativas al cumplimiento de sus obligaciones
en las cuales se desarrolla el servicio comunitario y a la disciplina del instituto de educación superior
correspondiente. Las instituciones de educación superior serán sancionadas de acuerdo con las leyes
que regulan la materia.
TÍTULO IV
DE LOS PROYECTOS
Artículo 21
De los Proyectos
Los proyectos deberán ser elaborados respondiendo a las necesidades de las comunidades, ofreciendo
soluciones de manera metodológica, tomando en consideración los planes de desarrollo municipal,
estadal y nacional.
Artículo 22
Iniciativa de Proyectos
La presentación de los proyectos ante las instituciones de educación superior podrá ser iniciativa de:
1. El Ministerio de Educación Superior.
2. Las instituciones de educación superior.
3. Los estudiantes de educación superior.
4. Las asociaciones gremiales.
5. Las instituciones públicas.
6. Las instituciones privadas.
7. Las comunidades organizadas.
Artículo 23
De los Requisitos para la Presentación y Aprobación de los Proyectos
Los proyectos deberán ser presentados por escrito, y el planteamiento del problema deberá incluir la
necesidad detectada en la comunidad, la justificación, los objetivos generales y el enfoque
metodológico, sin menoscabo de los requisitos adicionales que pueda solicitar la institución de
educación superior en su reglamento.
Todo proyecto de servicio comunitario requiere ser aprobado por la institución de educación superior
correspondiente.
Disposiciones Transitorias
Primera
A partir de la entrada en vigencia de esta Ley, las instituciones de educación superior evaluarán los
proyectos de acción social o comunitaria que estén desarrollando los estudiantes de educación superior,
los cuales por sus características puedan convalidarse al servicio comunitario previsto en esta Ley.
Segundo
Los estudiantes de educación superior que para el momento de entrada en vigencia de esta Ley, se
encuentren cursando los dos últimos años de la carrera o su equivalente en semestres y que durante su
carrera no hayan realizado servicio social o comunitario alguno, podrán estar exentos de realizar el
servicio comunitario.
Tercera
Las instituciones de educación superior tendrán un lapso de un año a partir de la publicación de la
presente Ley en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, para elaborar el reglamento
interno e incorporar el servicio comunitario a sus procedimientos académicos.
Disposición Final
Única
Esta Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana
de Venezuela. Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional,
en Caracas a los treinta días del mes de agosto de dos mil cinco. Año 195° de la Independencia y 146°
de la Federación.
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la Asamblea Nacional
RICARDO GUTIÉRREZ
Primer Vicepresidente
PEDRO CARREÑO
Segundo Vicepresidente
IVÁN ZERPA GUERRERO
Secretario
JOSÉ GREGORIO VIANA
Subsecretario
Palacio de Miraflores, en Caracas, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil cinco. Años 195°
de la Independencia y 146° de la Federación.
Ejecútese
(L.S.)
HUGO CHÁVEZ FRÍAS
Refrendado
El Vicepresidente Ejecutivo, JOSÉ VICENTE RANGEL
El Ministro del Interior y Justicia, JESSE CHACÓN ESCAMILLO
El Ministro de Relaciones Exteriores, ALÍ RODRÍGUEZ ARAQUE
El Ministro de Finanzas, NELSON JOSÉ MERENTES DÍAZ
El Ministro de la Defensa, RAMÓN ORLANDO MANIGLIA FERREIRA
La Ministra de Industrias Ligeras y Comercio, EDMÉE BETANCOURT DE GARCÍA
El Ministro de Industrias Básicas y Minería, VÍCTOR ÁLVAREZ
El Ministro del Turismo, WILMAR CASTRO SOTELDO
El Ministro de Agricultura y Tierras, ANTONIO ALBARRÁN
El Ministro de Educación Superior, SAMUEL MONCADA ACOSTA
El Ministro de Educación y Deportes, ARISTÓBULO ISTÚRIZ ALMEIDA
El Ministro de Salud, FRANCISCO ARMADA
La Ministra del Trabajo, MARÍA CRISTINA IGLESIAS
El Ministro de Infraestructura, RAMÓN ALONZO CARRIZÁLEZ RENGIFO
El Ministro de Energía y Petróleo, RAFAEL DARÍO RAMÍREZ CARREÑO
La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales, JACQUELINE COROMOTO FARÍA PINEDA
El Ministro de Planificación y Desarrollo, JORGE GIORDANI
La Ministra de Ciencia y Tecnología, MARLENE YADIRA CÓRDOVA
El Ministro de Comunicación e Información, YURI ALEXANDRE PIMENTEL
El Ministro para la Economía Popular, ELÍAS JAUA MILANO
El Ministro para la Alimentación, RAFAEL JOSÉ OROPEZA
El Ministro de la Cultura, FRANCISCO DE ASÍS SESTO NOVAS
El Ministro para la Vivienda y Hábitat, LUIS CARLOS FIGUEROA ALCALÁ
El Ministro de Participación Popular y Desarrollo Social, JORGE LUIS GARCÍA CARNEIRO
El Ministro de Estado para la Integración y el Comercio Exterior, GUSTAVO ADOLFO MÁRQUEZ
MARÍN